Violencia digital
En resumen
Valoramos qué delitos concurren, preparamos la denuncia con las pruebas digitales bien documentadas, pedimos medidas como la prohibición de comunicación y actuamos para retirar el contenido. Si eres tú el acusado, analizamos la autenticidad y la integridad de las pruebas digitales aportadas.
Un problema que crece entre los jóvenes. En una entrevista en Cadena SER (Radio Elda) el 25 de noviembre de 2024, Celeste Pérez Bleda alertó de que la violencia de género llega cada vez a edades más tempranas y de que las redes sociales potencian los celos y el control. También recordó que difundir imágenes o vídeos sin consentimiento es una forma de violencia digital.
Sí, pero pueden impugnarse. Para reforzarlas conviene conservar el dispositivo original y, si es necesario, un acta notarial o un peritaje informático.
Sí. Desde la Ley Orgánica 10/2022, el artículo 197.7 del Código Penal castiga también a quien difunde, revela o cede esas imágenes después de recibirlas.
Acceder al móvil o a las cuentas de otra persona sin su consentimiento puede ser un delito de descubrimiento y revelación de secretos, además de una forma de control propia de la violencia de género.
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