Abogado penalista en Alicante  /  Violencia de género  /  Violencia de género · defensa de la mujer

Si eres víctima

Defensa de la mujer víctima de violencia de género en Alicante

No tienes que pasar por esto sola. Te acompaño desde antes de denunciar hasta la sentencia, para que tu seguridad y la de tus hijos sea lo primero que proteja el juzgado.
Celeste Pérez Bleda, abogada de violencia de género en Alicante
Revisado por Celeste Pérez Bleda, colegiada nº 7301 · Actualizado en octubre de 2026
Dos manos entrelazadas en gesto de apoyo y consuelo entre dos personas sentadas

En resumen

La Ley Orgánica 1/2004 define la violencia de género como la que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o estén o hayan estado ligados a ellas por una relación de afectividad similar, aun sin convivencia. En Alicante la investiga la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia. Como víctima tienes derecho a una orden de protección, a personarte como acusación particular, a asistencia jurídica gratuita con independencia de tus recursos y a ayudas y derechos laborales específicos.

Antes de denunciar

Puedes escribirnos por WhatsApp antes de dar ningún paso. En una primera conversación confidencial valoramos tu situación, qué pruebas tienes y cuál es el momento más seguro para denunciar. Algunos consejos prácticos:

  • Si sufres una agresión, acude a urgencias o a tu centro de salud y pide el parte de lesiones.
  • Guarda mensajes, audios y correos en un lugar seguro al que no tenga acceso tu agresor.
  • Anota fechas, lugares y personas que hayan presenciado los hechos.

Qué hacemos por ti

  1. Preparamos la denuncia y la solicitud de orden de protección, con las medidas penales y civiles que necesitas.
  2. Te acompañamos en la declaración en comisaría y en el juzgado.
  3. Nos personamos como acusación particular para defender tus intereses durante todo el procedimiento, también en el juicio y en los recursos.
  4. Coordinamos la vía de familia: custodia, visitas, pensión y vivienda.

Tus derechos como víctima

  • A la información y a una asistencia social integral.
  • A asistencia jurídica gratuita, inmediata y especializada, con independencia de tus recursos. También puedes elegir una abogada de tu confianza.
  • A la orden de protección y a las medidas de seguridad que acuerde el juez.
  • A derechos laborales, como la reducción o reordenación de la jornada, la movilidad geográfica o la suspensión del contrato.
  • A ayudas económicas específicas cuando se cumplen los requisitos.

Para acceder a estos derechos, la condición de víctima puede acreditarse con una sentencia, una orden de protección, un informe del Ministerio Fiscal o un informe de los servicios sociales o especializados (artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004).

Preguntas frecuentes

No. Puedes denunciar con tu declaración, que puede ser prueba suficiente si es creíble y persistente. Aun así, reforzarla con otras pruebas ayuda mucho; te orientamos para reunirlas sin ponerte en riesgo.

Puedes consultarnos igualmente. Además, la condición de víctima puede acreditarse, a efectos de ayudas y derechos, mediante un informe de los servicios sociales o especializados, sin necesidad de denuncia.

La violencia de género es un delito público: una vez denunciada, el procedimiento continúa aunque la víctima quiera retirarse. Hablemos antes de tomar cualquier decisión.

Cada hora cuenta. Hablemos hoy.

Primera valoración confidencial de tu caso.
¿Puedo ayudarte?