Protección de los hijos
En resumen
El criterio que guía todas las decisiones es el interés superior del menor. Cuando hay violencia en el ámbito familiar, el juez puede acordar:
Los menores con madurez suficiente tienen derecho a ser oídos, con las garantías necesarias para que el proceso no les cause más daño.
No, mientras el progenitor esté incurso en un proceso penal por atentar contra el otro progenitor o los hijos, o cuando el juez aprecie indicios fundados de violencia (artículo 92.7 del Código Civil).
Es un servicio público donde se realizan las entregas y recogidas de los menores, o las visitas supervisadas, para evitar el contacto directo entre los progenitores.
La que se ejerce contra los hijos o personas cercanas para causar daño a la mujer. Hay un proyecto de ley específico en tramitación en el Congreso desde julio de 2026.
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