¿Qué pasa si un menor es detenido por un ciberdelito?

Plazos de detención, derechos, medidas de la Ley del Menor, responsabilidad de los padres y qué hacer si detienen a tu hijo por un delito informático.
Celeste Pérez Bleda, abogada penalista en Alicante
Celeste Pérez Bleda
Abogada penalista · Colegiada nº 7301 ICALI

Actualizado: 5 octubre 2026

Joven en silueta ante un ordenador en una habitación en penumbra: qué pasa si un menor es detenido por un ciberdelito
Respuesta rápida

Si un menor de entre 14 y 17 años es detenido por un delito cometido en internet, no se le aplica el Código Penal de adultos, sino la Ley Orgánica 5/2000, de responsabilidad penal de los menores. La detención no puede superar las 24 horas, siempre declara con abogado y con sus padres presentes, y lo que puede imponérsele no son penas, sino medidas educativas, que en hechos muy graves pueden llegar al internamiento. Por debajo de 14 años no hay responsabilidad penal.

Que detengan a un menor por un ciberdelito es una situación que pilla por sorpresa a casi todas las familias: muchos padres ni siquiera sabían lo que su hijo hacía con el ordenador. A primeros de octubre de 2026 la Guardia Civil informó de la detención en la provincia de Alicante de un menor de 16 años, presunto administrador de un grupo internacional de ransomware. Más allá de ese caso, que está en manos de la justicia y en el que rige la presunción de inocencia, te explicamos qué ocurre cuando un adolescente es detenido por un delito cometido a través de internet y qué puedes hacer como padre o madre.

La noticia: un menor detenido en Alicante por ransomware

Según la información publicada el 1 y 2 de octubre de 2026, la Guardia Civil, junto con los Mossos d’Esquadra, Europol, Eurojust y el FBI, ha desarticulado la infraestructura del grupo de ransomware KillSec. La investigación española empezó en 2025. Al grupo se le atribuyen cerca de un millar de ciberataques, unos 500 de ellos con éxito, y la operación terminó con tres detenidos en varios países y ocho registros. Uno de los detenidos es un menor de 16 años localizado en la provincia de Alicante.

No vamos a entrar en el caso concreto. Lo que sí plantea es una pregunta muy práctica: qué pasa, paso a paso, cuando el investigado por un delito informático es menor de edad.

A partir de qué edad responde penalmente un menor

En España, los menores no se juzgan con el Código Penal de los adultos, sino con la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (conocida como Ley del Menor). La edad decide qué se aplica:

Edad en el momento de los hechos Qué se aplica Quién interviene
Menos de 14 años No hay responsabilidad penal; normas de protección de menores (art. 3) Servicios sociales y entidad de protección
De 14 a 17 años Ley del Menor: medidas educativas Fiscalía de Menores y Sección de Menores del Tribunal de Instancia
18 años o más Código Penal Juzgados y tribunales ordinarios

Lo que cuenta es la edad que tenía el chico o la chica cuando se cometieron los hechos, no la que tenga cuando llegue el juicio. Si una actividad empezó con 17 años y siguió después de cumplir 18, cada tramo puede acabar en una jurisdicción distinta.

Qué delitos informáticos puede cometer un menor

Que el autor sea menor no cambia el delito: cambia la ley que se aplica y el tipo de respuesta. Los hechos que más se ven en internet pueden encajar, según el caso, en estos delitos del Código Penal:

  • Acceso ilícito a sistemas informáticos (art. 197 bis): entrar sin autorización en un sistema o en cuentas ajenas.
  • Daños informáticos (art. 264): borrar, dañar o hacer inaccesibles datos o programas ajenos, como ocurre en un ataque de ransomware.
  • Estafa (arts. 248 y siguientes): engaños para obtener dinero, incluidas las estafas informáticas.
  • Extorsión (art. 243): obligar a alguien a pagar o a hacer algo bajo amenaza, por ejemplo con la publicación de datos robados.
  • Organización o grupo criminal (arts. 570 bis y 570 ter), cuando se actúa de forma coordinada con otras personas.

Si el menor ha sido víctima y no autor (por ejemplo, de una estafa online), la situación es otra; te lo contamos en nuestra página sobre estafas en Alicante.

Cómo es la detención de un menor

La Ley del Menor (art. 17) da al menor detenido una protección reforzada:

  • La policía debe informarle de forma inmediata, en un lenguaje claro, de lo que se le atribuye, del motivo de la detención y de sus derechos.
  • Debe avisar de inmediato a sus padres o tutores y al Ministerio Fiscal. Si el menor es extranjero y vive fuera de España, también al consulado.
  • Su declaración se hace siempre con abogado y en presencia de sus padres o tutores, salvo que las circunstancias lo desaconsejen; en ese caso, ante un fiscal distinto del que instruye. Tiene derecho a hablar a solas con su abogado antes y después de declarar.
  • Debe estar en dependencias separadas de las de los adultos.
  • La detención durará lo estrictamente necesario y nunca más de 24 horas. En ese plazo queda en libertad o a disposición de la Fiscalía de Menores, que tiene que decidir en un máximo de 48 horas desde la detención si lo deja en libertad, desiste o abre expediente y pide medidas cautelares al juez.

Además, tiene los mismos derechos que cualquier detenido: a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable. Los explicamos en detalle en qué hacer si te detienen.

Importante: no borres el contenido de móviles, ordenadores ni cuentas del menor, ni le pidas que lo haga. Además de perderse pruebas que podrían favorecerle, destruir información después de la detención puede empeorar mucho su situación.

Qué medidas se le pueden imponer

La Ley del Menor no habla de «penas», sino de medidas, con una finalidad educativa. El juez elige la más adecuada teniendo en cuenta los hechos y, sobre todo, las circunstancias personales del menor, que valora el equipo técnico del juzgado (psicólogo, educador y trabajador social). Entre las que recoge el artículo 7:

  • Amonestación.
  • Prestaciones en beneficio de la comunidad y tareas socioeducativas.
  • Libertad vigilada.
  • Permanencia de fin de semana.
  • Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima.
  • Internamiento en régimen abierto, semiabierto o cerrado.

En los hechos de extrema gravedad cometidos con 16 o 17 años, la ley obliga al juez a imponer un internamiento en régimen cerrado de uno a seis años, seguido de libertad vigilada con asistencia educativa de hasta cinco años (art. 10).

¿Se puede evitar el juicio?

En algunos casos, sí. Si el menor reconoce el daño y se disculpa con la víctima, o se compromete a repararlo o a hacer la actividad educativa que proponga el equipo técnico, la Fiscalía puede desistir de seguir adelante con el expediente (conciliación y reparación, art. 19). Esta salida solo cabe cuando el delito es menos grave y no hubo violencia o intimidación graves, por lo que no sirve para los hechos más serios.

¿Pagan los padres los daños?

En principio, sí. Los padres, tutores o guardadores responden solidariamente con el menor de los daños y perjuicios causados (art. 61.3 de la Ley del Menor). En un ciberataque con pérdidas económicas, esa responsabilidad civil puede ser muy alta. El juez puede moderarla cuando los padres no favorecieron la conducta del menor con dolo o negligencia grave, y por eso conviene preparar bien esa parte del procedimiento desde el principio.

Qué hacer si detienen a tu hijo

  1. Mantén la calma y averigua en qué dependencia policial está y si ya se ha avisado a la Fiscalía de Menores.
  2. Busca cuanto antes un abogado penalista de confianza. La declaración es obligatoriamente con letrado; puede ser el de oficio o el que elija la familia.
  3. Pide que tu hijo no declare sin haber hablado antes a solas con su abogado. Es un derecho, no un gesto de culpabilidad.
  4. No toques ni borres dispositivos ni cuentas, y no hables del caso en redes sociales ni en grupos de mensajería.
  5. Reúne información sobre su situación: estudios, entorno familiar, apoyo psicológico si lo tiene. El equipo técnico la tendrá en cuenta para proponer la medida.

Menores y ciberdelitos en Alicante

En la provincia de Alicante, los expedientes contra menores los instruye la Fiscalía de Menores de la Fiscalía Provincial, y los resuelve la Sección de Menores del Tribunal de Instancia de Alicante, los antiguos Juzgados de Menores, que tras la reforma de la Ley Orgánica 1/2025 tienen su sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia. Los ciberdelitos suelen investigarlos las unidades especializadas de la Guardia Civil o de la Policía Nacional, y en los casos con ramificaciones internacionales intervienen también Europol o policías de otros países.

En la práctica, las primeras 48 horas son decisivas: lo que el menor declare, las medidas cautelares que pida la Fiscalía y la forma en que se plantee desde el principio la responsabilidad civil marcan buena parte del resultado. Te acompañamos desde la detención, en la declaración ante la Fiscalía y en todo el expediente, también cuando la familia o el menor no hablan español.

Preguntas frecuentes

¿Un menor de 14 años puede ir a juicio por hackear?

No. Los menores de 14 años no tienen responsabilidad penal en España. Si cometen un hecho que sería delito, como acceder a cuentas ajenas o dañar un sistema, se aplican las normas de protección de menores a través de los servicios sociales y la entidad pública competente, pero no hay expediente penal ni medidas de la Ley del Menor. Sí puede haber, en su caso, una reclamación civil por los daños.

¿Cuánto tiempo puede estar detenido un menor?

Lo estrictamente necesario y nunca más de 24 horas en dependencias policiales. En ese plazo debe quedar en libertad o pasar a disposición de la Fiscalía de Menores, que tiene que resolver en un máximo de 48 horas desde la detención: puede dejarle en libertad, desistir del expediente o abrirlo y pedir al juez medidas cautelares, como el internamiento o la libertad vigilada.

¿Puede un menor ir a un centro de internamiento por un ciberdelito?

Sí, si los hechos son graves. El internamiento es una de las medidas de la Ley del Menor y puede ser abierto, semiabierto o cerrado. Cuando el menor tenía 16 o 17 años y el hecho es de extrema gravedad, la ley obliga a imponer un internamiento cerrado de uno a seis años, seguido de libertad vigilada. En los casos leves se suelen aplicar medidas como las tareas socioeducativas o la libertad vigilada.

¿Quién paga los daños que causa un menor en internet?

El propio menor y, de forma solidaria, sus padres, tutores o guardadores, que responden de la indemnización a las víctimas según el artículo 61.3 de la Ley del Menor. El juez puede moderar la responsabilidad de los padres si no favorecieron la conducta del menor con dolo o negligencia grave. En ciberataques con pérdidas importantes, esta parte puede ser la más costosa para la familia.

¿Puede evitarse el juicio de un menor?

En algunos casos, sí. Si el delito es menos grave y no hubo violencia o intimidación graves, la Fiscalía puede desistir del expediente cuando el menor se concilia con la víctima, repara el daño o se compromete a cumplir una actividad educativa. Para los hechos más graves esta vía no existe, pero un buen planteamiento de la defensa puede influir mucho en la medida que se imponga.

Si han detenido a tu hijo o está investigado por un delito informático, llámanos cuanto antes: las primeras horas cuentan. Estamos en el 607 449 491 (24 horas, también por WhatsApp). Tienes más información en nuestras páginas de abogado de menores en Alicante, de delitos informáticos y de asistencia al detenido 24 horas.

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