¿Cuánto tarda un juicio rápido y cuándo llega la sentencia?

La ley fija plazos muy cortos para el juicio rápido y para el juicio por delito leve. Te explicamos cuándo se celebra el juicio, cuándo llega la sentencia y cuándo es firme.
Celeste Pérez Bleda, abogada penalista en Alicante
Celeste Pérez Bleda
Abogada penalista · Colegiada nº 7301 ICALI

Actualizado: 4 octubre 2026

Reloj en un edificio judicial, símbolo de cuánto tarda un juicio rápido
Respuesta rápida

En un juicio rápido por delito, la instrucción se hace durante la guardia y el juicio oral debe señalarse dentro de los 15 días siguientes (artículo 800.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). La sentencia puede dictarse oralmente en el mismo juicio o, como máximo, en los 3 días siguientes (artículo 802.3). Si hay conformidad en la guardia, la sentencia llega ese mismo día. En un juicio por delito leve, si no se celebra en la guardia, el plazo es de 7 días (artículo 965).

Saber cuánto tarda un juicio rápido es lo primero que preguntan casi todas las personas que salen de una comisaría o de un juzgado de guardia con una citación en la mano. La ley marca plazos muy cortos. Te explicamos cuáles son, qué los alarga y cuándo la sentencia deja de poder recurrirse.

Dos procedimientos que se llaman igual

En la calle se habla de «juicio rápido» para dos procedimientos distintos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Conviene saber en cuál estás, porque los plazos cambian:

Juicio rápido por delito Juicio por delito leve
Artículos 795 a 803 LECrim 962 a 977 LECrim
Para qué delitos Delitos con pena de prisión de hasta 5 años (o de otra naturaleza de hasta 10 años), con atestado policial y detenido o citado ante el juzgado de guardia Delitos leves: por ejemplo, lesiones leves, hurto flagrante, amenazas, coacciones o injurias de carácter leve
Cuándo se juzga Dentro de los 15 días siguientes a la guardia (art. 800.3) En la misma guardia o, si no es posible, en un plazo no superior a 7 días (art. 965)
Sentencia Oral en el juicio o en 3 días (art. 802.3) Al terminar el juicio o en 3 días (art. 973)
Apelación 5 días para formalizar el recurso (art. 803) 5 días desde la notificación (art. 976)

Si tu caso es un delito leve, tienes una explicación completa en cómo funciona un juicio rápido por delito leve.

Juicio rápido por delito: los plazos, paso a paso

El artículo 795 LECrim reserva este procedimiento para delitos flagrantes, para una lista concreta (lesiones, amenazas o coacciones en el ámbito familiar, hurtos, robos, delitos contra la seguridad vial, ciertos daños, allanamiento de morada y usurpación, entre otros) o para hechos cuya instrucción se presuma sencilla. Así se suceden los plazos:

  1. Atestado y citación. La policía detiene a la persona o la cita para comparecer ante el juzgado de guardia, y cita también a los testigos (artículo 796).
  2. Diligencias urgentes en la guardia. El juzgado toma declaración, pide antecedentes, informes periciales o forenses y oye a los testigos. Todo debe hacerse durante el servicio de guardia (artículo 799.1). En partidos con guardias no permanentes de más de 24 horas cabe una prórroga de 72 horas (artículo 799.2).
  3. Apertura del juicio oral. Si las diligencias bastan, el juez de guardia oye a las partes y, si el fiscal o la acusación lo piden, abre juicio oral en ese mismo acto (artículo 800.1).
  4. Acusación y defensa. El fiscal presenta su acusación por escrito o de palabra. La defensa contesta en el acto o, si lo pide, en un plazo que el juez fija dentro de los 5 días siguientes (artículo 800.2).
  5. Señalamiento del juicio. El juzgado de guardia fija la fecha del juicio «en la fecha más próxima posible y, en cualquier caso, dentro de los quince días siguientes» (artículo 800.3).
  6. Juicio y sentencia. El juicio se celebra ante la Sección de lo Penal (el antiguo juzgado de lo penal). La sentencia se dicta en los 3 días siguientes a la vista (artículo 802.3), y el juez puede adelantar el fallo de forma oral en el propio juicio (artículo 789.2).

Si hay conformidad: sentencia el mismo día

Cuando no hay acusación particular y la pena pedida lo permite, puedes aceptar los hechos ante el propio juzgado de guardia. El juez dicta sentencia oral con la pena reducida en un tercio y, si nadie va a recurrir, declara su firmeza en ese momento (artículo 801). Es la vía más corta, pero no siempre la mejor. Te lo explicamos en la conformidad en un juicio rápido.

Juicio por delito leve: cuánto tarda

Aquí los plazos son todavía más cortos. Si comparecen todas las personas citadas, o el juzgado considera innecesaria la presencia de alguna, el juicio se celebra en el acto, durante la guardia (artículo 963.1). Si no es posible, el juzgado lo señala para el día hábil más próximo, «en cualquier caso en un plazo no superior a siete días» (artículo 965.1).

Si el juicio no puede celebrarse el día previsto por un motivo justo, o no termina en una sola sesión, debe continuar en los 7 días siguientes (artículo 968). La sentencia se dicta al terminar el juicio o, si no es posible, en los 3 días siguientes (artículo 973.1).

Qué alarga los plazos

Estas circunstancias pueden alargar el proceso:

  • Diligencias insuficientes. Si el juez de guardia considera que falta investigación, el asunto deja de ser juicio rápido y continúa como diligencias previas del procedimiento abreviado (artículo 798.2). Entonces rige el plazo general de instrucción: hasta 12 meses, prorrogables por periodos de hasta 6 (artículo 324).
  • Pericias pendientes. Análisis de sustancias, tasaciones de objetos o informes forenses que no llegan a tiempo para la guardia (artículos 796 y 797).
  • Testigos que no acuden. Si el juicio no puede celebrarse o terminarse por un motivo justo, se fija nueva fecha, en todo caso dentro de los 15 días siguientes en el juicio rápido (artículo 802.2).
  • Delitos conexos o secreto de actuaciones. Si el hecho va unido a otros delitos no incluidos en el artículo 795, o procede declarar secreta la causa, no se aplica este procedimiento (artículo 795.2 y 3).
  • Recursos. Mientras haya un recurso pendiente, la sentencia no es firme y no se ejecuta.

La agenda del órgano que juzga también influye: la fecha exacta es la de tu citación.

Importante: el plazo para recurrir una sentencia de juicio rápido es de solo 5 días, la mitad que en el procedimiento abreviado ordinario. Si no estás de acuerdo con la sentencia, consulta a tu abogado el mismo día en que te la notifiquen.

Cuándo es firme la sentencia y cómo recurrirla

Una sentencia es firme cuando ya no cabe contra ella recurso ordinario ni extraordinario, salvo la revisión (artículo 141 LECrim). Puede serlo de dos maneras:

  • En el mismo juicio: si, conocido el fallo, el fiscal y las partes dicen que no van a recurrir, el juez declara la firmeza en el acto (artículos 789.2 y 975).
  • Al terminar el plazo de recurso sin que nadie lo haya presentado.
Juicio rápido por delito Juicio por delito leve
Recurso Apelación ante la Audiencia Provincial Apelación ante la Audiencia Provincial, con un solo magistrado
Plazo 5 días para el escrito de formalización (art. 803.1) 5 días desde la notificación (art. 976.1)
Sentencia de apelación 3 días tras la vista o 5 desde que llegan las actuaciones, con tramitación preferente (art. 803.1) 5 días tras la vista o 10 desde que llegan las actuaciones (art. 792.1)
Recurso posterior Casación solo en los supuestos del artículo 847 (art. 792.4) Ninguno (art. 977)

Un detalle útil: en los 3 días siguientes a la notificación puedes pedir copia de la grabación del juicio, y el plazo para recurrir queda en suspenso hasta que te la entreguen (artículo 790.1). En cuanto la sentencia es firme, se ejecuta (artículo 803.3). Para preparar la apelación, consulta nuestro servicio de abogado de recursos penales en Alicante.

El juicio rápido en Alicante

Tras la Ley Orgánica 1/2025, los antiguos juzgados de instrucción y de lo penal son Secciones del Tribunal de Instancia. Las diligencias urgentes se practican en el juzgado de guardia del partido judicial donde ocurrieron los hechos, y el juicio oral se celebra después ante la Sección de lo Penal. Según el directorio de órganos judiciales de la Generalitat Valenciana, el Juzgado de Guardia de Alicante está en la Avenida de Aguilera, 53, y el de Elche, en la calle Abogados de Atocha, 21. El resto de sedes de la provincia está en nuestra guía de tribunales penales de Alicante.

En la guardia el tiempo es muy corto: el fiscal formula su acusación y hay que decidir en muy poco tiempo si se acepta una conformidad o se va a juicio. Por eso te acompañamos desde ese primer momento. Leemos el atestado, comprobamos las pruebas y te explicamos qué plazos tienes por delante. Celeste Pérez Bleda lleva más de 20 años en derecho penal y ha asistido a más de 800 detenidos, y nuestro equipo te atiende en tu idioma. Si el caso es de violencia de género, lo tratamos en nuestra web especializada en violencia de género.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días pasan desde la guardia hasta el juicio rápido?

La Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga al juzgado de guardia a señalar el juicio oral en la fecha más próxima posible y, en todo caso, dentro de los 15 días siguientes (artículo 800.3). Si aceptas una conformidad en la propia guardia, no hay juicio posterior: la sentencia se dicta ese mismo día. Si el asunto pasa a diligencias previas, los plazos se alargan bastante.

¿Me dan la sentencia el mismo día del juicio rápido?

Puede ser. El juez puede dictar sentencia oralmente al terminar el juicio y redactarla después (artículo 789.2 LECrim). Si no lo hace, tiene 3 días para dictarla (artículo 802.3). Si el fiscal y las partes dicen en ese momento que no recurrirán, la sentencia queda firme en el acto.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir la sentencia de un juicio rápido?

Tienes 5 días para presentar el escrito de formalización del recurso de apelación, según el artículo 803.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En el juicio por delito leve, el plazo también es de 5 días desde la notificación (artículo 976). Si pides copia de la grabación del juicio en los 3 primeros días, el plazo se suspende hasta que te la entregan.

¿Cuándo es firme una sentencia de juicio rápido?

Es firme cuando ya no se puede recurrir: bien porque todas las partes renuncian al recurso en el propio juicio y el juez declara la firmeza en el acto, bien porque pasan los 5 días sin que nadie apele. Si alguien recurre, será firme cuando la Audiencia Provincial resuelva la apelación, salvo los casos en que quepa casación.

Si tienes una citación para un juicio rápido o acabas de salir de la guardia, cuéntanos tu caso. Te explicamos en qué punto estás, qué plazos te quedan y qué opciones tienes. Encontrarás más información en nuestro servicio de abogado para juicios rápidos en Alicante, y puedes llamarnos o escribirnos por WhatsApp al 607 449 491, las 24 horas.

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